
La Ley No. 139-97, de fecha 19 del mes de junio del año 1997, sobre traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes, fue publicada en la Gaceta Oficial No. 9957, de fecha 25 de junio de 1997, entró en vigor el 27 del mismo mes y año, por lo que de conformidad a lo establecido por nuestra legislación debe ser aplicada en todos los establecimientos del país.
Para los días feriados del año 2009 se aplicará de la siguiente forma:
- Jueves 1ro. de Enero (Día de Año Nuevo.) : No se cambia.
- Martes 06 de Enero (Día de los Santo Reyes.) : Se trabaja y se cambia para el lunes 05 de enero
- Miércoles 21 de Enero (Día de la Altagracia.) : No se cambia.
- Lunes 26 de Enero (Día de Duarte.) : No se cambia.
- Viernes 27 de Febrero : No se cambia (Día de la Independencia)
- Viernes 10 de abril (Viernes Santo.) : No se cambia.
- Viernes 1ro. de Mayo (Día del Trabajo.) : Se trabaja y se cambia Para el lunes 04 de Mayo.
- Jueves 11 de junio (Corpus Cristi) : No se cambia.
- Domingo 16 de Agosto (Día de la Restauración.) : No se cambia
- Jueves 24 de Septiembre (Día de las Mercedes.) : No se cambia.
- Viernes 6 de Noviembre (Día de la Constitución.) : Se trabaja y se cambia para el lunes 09 de Noviembre.
- Viernes 25 de Diciembre (Día de Navidad.) : No se cambia.



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